Nuestra asociación conmemora su 4º Aniversario organizando la I Velada Aniversario de ACOPYPOS

Nuestra asociación conmemora su 4º Aniversario organizando la I Velada Aniversario de ACOPYPOS

Nuestro agradecimiento a todas las personas que nos acompañaron en este día tan especial para nuestra entidad. Gracias también a ASPAYM, ASINDI, SEMBRANDO ESPERANZA Y SEMBRAMDO SONRISAS, asociaciones que compartieron con nosotros este ratito festivo y de convivencia en el Recinto Ferial del Arenal.

ACOPYPOS estuvo presente en la Gala 30 Aniversario de FEPAMIC

ACOPYPOS estuvo presente en la Gala 30 Aniversario de FEPAMIC.

Nuestra más sincera felicitación y  mayor agradecimiento a esta Federación Provincial de Discapacitados Físicos por la enorme labor realizada durante estos 30 años.

 Son muchas las personas que se benefician día a día de su gran labor.

Gracias FEPAMIC por vuestra fortaleza para superar, día a día, todos los obstáculos que se os habrán presentado para llevar a cabo un proyecto de tan amplia envergadura.

ADMITIDA LA SOLICITUD DE ACOPYPOS PARA SER MIEMBRO DE FEPAMIC

ADMITIDA LA SOLICITUD DE ACOPYPOS PARA SER MIEMBRO DE FEPAMIC

La asociación  ACOPYPOS (Asociación Cordobesa de Afectados de Polio y Post-polio) asistió ayer, 22 de Junio,  a la Asamblea Extraordinaria de FEPAMIC y presentó  ante dicha asamblea la trayectoria, objetivos y actividades de dicha asociación. Terminada la presentación se procedió a la votación quedando aprobada por unanimidad la admisión como miembro solicitante.

A partir de ahora ACOPYPOS tendrá todos los derechos como asociación miembro de FEPAMIC excepto el derecho a voto que lo adquirirá pasados dos años tras su admisión.

JORNADA CON LOS AMIGOS DE AMAPYP

JORNADA CON LOS AMIGOS DE AMAPYP

En nuestra visita a Málaga también tuvimos oportunidad de compartir esta jornada con nuestros amigos malagueños de AMAPYP junto a la playa de La Misericordia.

CARTA EUROPEA DE LOS DERECHOS DE LOS PACIENTES

CARTA EUROPEA DE LOS DERECHOS DE LOS PACIENTES1

1- Derecho a Medidas Preventivas
Todo individuo tiene derecho a un servicio apropiado para prevenir la enfermedad
2. Derecho al acceso
Todo individuo tiene derecho al acceso a los servicios sanitarios que requiera. Los servicios sanitarios
deben garantizar un acceso equivalente para todos, sin discriminación debida a los recursos
financieros, lugar de residencia, tipo de enfermedad o tiempo de acceso a los servicios.
3. Derecho a la información
Todo individuo tiene derecho al acceso a todo tipo de información sobre su estado de salud, los
servicios sanitarios y cómo utilizarlos así como a todo lo que la investigación científica y la
innovación tecnológica pueda procurar.
4- Derecho al consentimiento
Todo individuo tiene derecho al acceso a toda la información que pueda permitirle participar
activamente en las decisiones que conciernan a su salud; esta información es un prerrequisito para
cualquier procedimiento y tratamiento, incluyendo la participación en la investigación científica.
5- Derecho a la libre elección
Todo individuo tiene derecho a elegir libremente entre los diferentes procedimientos de tratamientos y
proveedores basándose en una información adecuada.
6- Derecho a la privacidad y confidencialidad
Todo individuo tiene derecho a la confidencialidad sobre la información personal, incluyendo
información sobre su estado de salud y diagnóstico potencial o procedimientos terapéuticos, así como
a la protección de su privacidad durante la realización de los exámenes de diagnóstico, visitas de
especialistas y tratamientos médicos o quirúrgicos en general.
7- Derecho al respeto del tiempo del paciente
Todo individuo tiene derecho a recibir el tratamiento necesario en un período de tiempo
predeterminado y rápido. Este derecho se aplica a cada fase del tratamiento.
8- Derecho al cumplimiento de los estándares de calidad
Todo individuo tiene derecho al acceso a servicios de alta calidad basados en la especificación y
cumplimiento de estándares precisos.
9- Derecho a la seguridad
Todo individuo tiene derecho a estar libre del daño causado por el pobre funcionamiento de los
servicios de salud, los errores médicos y la negligencia profesional, y el derecho de acceso a los
servicios de salud y tratamientos que cumplan con estándares de alta seguridad.
10- Derecho a la innovación
1
Traducido por la Asociación Española Contra el Cáncer.

Todo individuo tiene derecho al acceso a procedimientos innovadores, incluyendo procedimientos de
diagnóstico, según los estándares internacionales e independientemente de consideraciones
económicas o financieras.
11- Derecho a evitar dolor y sufrimiento innecesarios
Todo individuo tiene derecho a evitar todo el sufrimiento y el dolor posibles, en cada fase de su
enfermedad.
12- Derecho a un tratamiento personalizado
Todo individuo tiene derecho a programas de diagnóstico o terapéuticos adaptados en lo posible a sus
necesidades personales.
13- Derecho a reclamar
Todo individuo tiene derecho a reclamar si ha sufrido un daño y el derecho a recibir una respuesta o
información adicional.
14- Derecho a la compensación
Todo individuo tiene derecho a recibir una compensación suficiente dentro de un período de tiempo
razonablemente corto cuando haya sufrido un daño físico, moral o psicológico causado por un
tratamiento proporcionado en un servicio de salud.

DERECHOS DE UNA CIUDADANÍA ACTIVA
Para promocionar y verificar la aplicación de los derechos de los pacientes arriba señalados, debemos
proclamar algunos de los mismos. Sobre todo los que conciernen a diferentes grupos de ciudadanos
organizados que tienen el papel principal de secundar y apoyar a los individuos en la protección de sus
propios derechos.
1. Derecho a realizar actividades de interés general
2. Derecho a realizar actividades de apoyo
3. Derecho a participar en la elaboración de las políticas en el área de la
salud

EL Síndrome de la Postpolio

EL Síndrome de la Postpolio

La Poliomielitis es una enfermedad que esta considerada como erradicada desde el año 2002 por “The
European Regional Commission for the Certification of Poliomyelitis Eradication” de la WHO en la región
Europea. La mayoría de los pacientes que han sufrido una poliomielitis en España antes de la vacunación
sistemática cerca de los años sesenta, tienen ahora entre 45 y 60 años. Estas personas han estado
estables después de haber recuperado parte de sus funciones, y han continuado viviendo de acuerdo con
esta recuperación muchas veces con una discapacidad.
En los últimos años se habla mucho del llamado síndrome postpolio (SPP), pero de hecho es una entidad
clínica que ya fue descrita por Mulder (1972). No fue hasta 1987 y 1995 en que Halstead y Dalakas
respectivamente definieron el conjunto de síntomas o manifestaciones que definen la entidad clínica.
Jubelt en el 2000 amplió los criterios diagnosticos en valorar más la perdida de funcionalidad. El SPP no
fue reconocido por la OMS hasta el año 2007.
En Catalunya afecta a un grupo de persones que, según los datos disponibles, puede oscilar entre 1.500
y 5.800 personas con diferentes grados de afectación.
Hay mucho desconocimiento sobre la existencia del síndrome Postpolio y del reconocimiento de sus
limitaciones a nivel de la población general, y de los propios afectados, así como muchos de los
profesionales de la salud, y de otros profesionales que intervienen directa o indirectamente en la vida de
estas personas.
Es importante que haya más sensibilidad y conocimiento del síndrome entre los profesionales de la salud
sobre todo aquellos del equipo multidisciplinar que tiene más posibilidades de evaluar los problemas que
son propios de (neurólogos, médicos rehabilitadores, traumatólogos, ortopedas, fisioterapeutas,
terapeutas ocupacionales, trabajadores sociales …) y de manera especial los médicos de APS.

RED DE CONSULTAS GINECOLÓGICAS

RED DE CONSULTAS

Como respuesta a la demanda de diversas asociaciones de mujeres con discapacidad en Andalucía

sobre la necesidad de contar un una oferta asistencial ginecológica y obstétrica adecuada a las

necesidades particulares de las mujeres con movilidad reducida, desde el Proyecto de Humanización

de la Atención Perinatal de la Consejería de Salud se pone en marcha la iniciativa de una red de

consultas accesibles y adaptadas que se completa en 2011.

Dicha red se compone de 8 consultas de referencia (una en cada provincia) que cuentan con mobiliario

clínico adecuado, accesibilidad completa y una agenda específica con horarios ajustados tanto a

las necesidades de transporte como a la duración de la consulta de acuerdo a las necesidades

específicas de sus usuarias.

La iniciativa se encuadra en el I Plan de Acción Integral para las mujeres con discapacidad en

Andalucía 2008-2013 de la Consejería de Igualdad y Bienestar Social.